Un juez lleva al TJUE la LEC al dudar de que sea eficaz contra los intereses abusivos

Un juez de Canariasha llevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la reforma del artículo 815.3 de Ley de Enjuiciamiento Civil (LECiv) vigente desde el pasado 20 de marzo en referencia a las cláusulas abusivas de los contratos con las entidades crediticias. Entiende que la norma podría ser contraria a las directivas europeas de protección del consumidor, por cuanto permite que los intereses abusivos y comisiones derivadas de una deuda puedan ser reclamados incluso después de que la autoridad judicial aprecie tal carácter abusivo.

El juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Arucas ha paralizado un procedimiento monitorio en el que una entidad crediticia reclama el impago de una cantidad a un cliente, y ha dictado un auto planteando como cuestión prejudicial al TJUE si la reforma del artículo 815.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con el Real Decreto Ley 6/2023 de 19 de diciembre, vigente desde el 20 de marzo del año en curso, es acorde o no con los artículos 6 y 7 de la Directiva 93/13 de la CE.

Fuente de la noticia: VLEX

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