Reúnete con tu familia

Una familia divirtiéndose, en la orilla de una playa.

?‍?‍?‍?¿Cómo puedo traer a un familiar a España?

Existen varias vías para que un familiar pueda venir a residir en España, y la opción adecuada dependerá principalmente de la situación legal de la persona que ya reside en España.

  • ? Reagrupación familiar: dirigida a extranjeros que tienen una autorización de residencia en España y quieren traer a determinados familiares, como cónyuge, pareja, hijos o, en ciertos casos, padres.
  • ? Familiar de ciudadano español: existe un régimen específico para que los familiares de una persona con nacionalidad española puedan obtener una autorización de residencia en España, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
  • ?‍?‍? Régimen comunitario: se aplica a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que residan en España. El familiar extranjero puede solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión cuando cumple las condiciones exigidas (lo puedes ver en el otro apartado?).
  • ➡️Hay otras vías que explicamos en la web, como el visado, te animo que eches un vistazo ?.

Residencia

Reagrupación familiar - Reunirte con un familiar que reside en España

Cualquier Estado de bienestar tiene que garantizar el derecho a vivir en familia de su población.  Muchas personas extranjeras que viven en España vinieron solas dejando a sus familiares en sus países de origen.

La reagrupación familiar es una autorización de residencia temporal que puede concederse a determinados familiares de una persona extranjera que reside legalmente en España.

En términos sencillos:

Tú resides legalmente en España ?? → cumples los requisitos → solicitas reagrupar a tu familiar → se tramita la autorización → el familiar solicita el visado → entra en España → obtiene su TIE.

En nuestra firma de abogados especializados en extranjería, estamos comprometidos en brindarte el apoyo necesario en cada paso del proceso. Nosotros te vamos a ayudar en todo momento a recopilar la documentación requerida y a tramitarla de manera eficiente. Puedes confiar en nosotros para estar pendientes del procedimiento y asegurarnos de que todo se desarrolle sin contratiempos. Tu tranquilidad y éxito en el procedimiento son nuestra prioridad.

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¿Qué familiares pueden solicitar esta autorización?

?‍?‍?‍?  ¿A qué familiares puedo reagrupar?

❤️ Cónyuge o pareja

Puede reagruparse:

  • El cónyuge.
  • Una persona mayor de 18 años con la que exista una relación de afectividad análoga a la conyugal.

La pareja puede estar:

? Inscrita en un registro público, siempre que la inscripción continúe vigente.

? O tratarse de una pareja estable debidamente acreditada

? Los hijos

También pueden ser reagrupados:

  • Los hijos del reagrupante.
  • Los hijos de su cónyuge o pareja.

? ¿Puedo reagrupar a mis padres?

Sí, pero aquí los requisitos son más estrictos.

Puede reagruparse el ascendiente en primer grado del reagrupante, o del cónyuge o pareja registrada o estable, cuando:

-Sea mayor de 65 años.

-Esté a cargo del reagrupante.

-Justificar las razones.

?‍?Una situación especial: el hijo cuidador

La normativa contempla también un supuesto especialmente interesante.

Puede reagruparse un hijo o hija mayor de edad del reagrupante, de su cónyuge o de su pareja, cuando vaya a ejercer como cuidador de la persona reagrupante.

Un familia paseando, en la orilla de una playa en el anochecer.

Tipo de autorización

? Documentos del reagrupante

Entre otros:

  • ? Pasaporte completo, documento de viaje o cédula de inscripción vigente.
  • ? Documentación acreditativa del empleo y/o recursos económicos.
  • ? Informe de vivienda adecuada.
  • ? Seguro de enfermedad.
  • ? Documentación adicional específica según el familiar que se pretenda reagrupar.

Si trabajas por cuenta ajena

Puede ser necesario aportar:

  • Contrato de trabajo.
  • Nóminas de los últimos seis meses.
  • En su caso, última declaración del IRPF.

Si trabajas por cuenta propia

Puede aportarse:

  • Documentación acreditativa de la actividad.
  • En su caso, última declaración del IRPF o las dos últimas declaraciones trimestrales.

Carecer de antecedentes penales

Para poder tramitar la reagrupación familiar, es necesario carecer de  antecedentes penales en España.

Asimismo, tampoco tiene que tener antecedentes penales en sus países anteriores de residencia, en los últimos cinco años, por delitos existentes en el ordenamiento español.

Te ayudamos a conseguir realizar este trámite, y su posterior Apostilla de la Haya o legalización del certificado.

Dos personas abrazadas, contemplando las vistas de un pueblo nevado.

La respuesta es SÍ.

La autorización de residencia por reagrupación familiar de la que sean titulares el cónyuge, pareja e hijos en edad laboral: habilita para trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier parte del territorio nacional en cualquier ocupación y sector de actividad sin necesidad de ningún trámite administrativo.

Es una autorización de residencia y trabajo independiente del reagrupante que podrán obtener los titulares de residencia por reagrupación familiar.

Los extranjeros reagrupados que cuenten con autorización de residencia y trabajo independiente podrán a su vez reagrupar a sus familiares siempre que reúnan los requisitos exigidos, y en el supuesto de ascendientes, además deberán haber obtenido autorización de residencia de larga duración. Excepcionalmente podrán reagrupar sin autorización de larga duración cuando tengan a su cargo hijos menores de edad o con discapacidad que no sean objetivamente capaces para proveer sus propias necesidades.

Es una autorización de residencia que adquieren los hijos nacidos en España de extranjero que se encuentre residiendo legalmente en España.

Los hijos nacidos en España de padre o madre reconocidos como refugiados o beneficiarios de protección subsidiaria pueden optar entre solicitar la extensión familiar del derecho de protección internacional o una autorización de residencia, en función del interés superior del menor.

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