¡Hola, contribuyentes responsables! ?
He prepraro varias entradas con las las principales novedades de la Campaña de la Renta 2024. ¡Vamos al grano!
? 1. Obligación de declarar – Nuevos límites 2024
? Desde 1 de enero de 2024 cambia el límite que exime de declarar si solo tienes rendimientos del trabajo:
? Nuevo límite: 15.876 € (antes 15.000 €) cuando:
- Hay más de un pagador (salvo excepciones).
- Se perciben pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
- El pagador no está obligado a retener.
- Los rendimientos tienen tipo fijo de retención.
? Para los demás casos (1 pagador y sin excepciones):
➡️ Límite se mantiene en 22.000 €/año.
? 2. Fechas clave – Campaña Renta 2024
?️ Del 2 de abril al 30 de junio de 2025
? Domiciliación bancaria: hasta el 25 de junio de 2025
? 3. Borrador y presentación
✅ ¿Quién puede acceder al borrador?
➡️ Todos los contribuyentes, sea cual sea la naturaleza de sus rentas.
? Acceso al borrador (Renta WEB):
- Con NIF + casilla [0505] (o IBAN si no se declaró en 2023).
- Desde la Sede electrónica, con:
- Certificado digital
- Cl@ve Móvil / PIN
- App de la Agencia Tributaria
?️ Presentación de la declaración:
- Internet (Sede electrónica)
- Teléfono ?
- Oficinas AEAT y otras habilitadas (con cita previa)
- App móvil ?
? 4. Renta WEB y modelo de declaración – Cambios importantes
? Adiós a las complementarias. ¡Hola a las ? autoliquidaciones rectificativas!
? Sistema único para corregir errores, con nuevas casillas y apartados:
? Novedades en el modelo:
- Se añade el apartado «Autoliquidación rectificativa«
- Nueva casilla para discrepancias administrativas
- Nueva casilla para identificar devoluciones por ingresos indebidos
- Apartado para el cambio de opción de tributación, marcando una «X» y el número de justificante anterior
? 5. Formas de pago – Más opciones, más comodidad
? Formas de pago permitidas en 2024:
- Domiciliación bancaria
- Pago inmediato electrónico (con NRC)
- Carta de pago en entidad colaboradora
- Bizum (transferencia inmediata)
- Tarjeta de crédito o débito, en entorno seguro
? Domiciliación permitida también en cuentas SEPA no colaboradoras.
? 6. Fraccionamiento del pago – Sin intereses ni recargos
? Si tu declaración sale a ingresar:
1️⃣ Primer pago (60 %): al presentar la declaración
2️⃣ Segundo pago (40 %): hasta el 5 de noviembre de 2025
? ¡Ojo! Si no pagas el 60 % en plazo, se ejecuta el cobro por el total.
? Fechas para domiciliar el segundo plazo:
- Si domiciliaste el primero → hasta el 30 de septiembre de 2025
- Si no domiciliaste el primero → hasta el 30 de junio de 2025
- Si no lo domicilias, puedes pagar el segundo plazo con el modelo 102 hasta el 5 de noviembre.
? ¿Tienes dudas o quieres ayuda para hacer tu declaración?
Aquí estoy para ayudarte. ¡Que Hacienda no sea un dolor de cabeza este año! ?
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