Requisitos Generales para ser Pareja de Hecho en la Comunidad Valenciana
- Residencia en la Comunidad Valenciana:
Al menos uno de los miembros de la pareja debe tener su residencia habitual en la Comunidad Valenciana.
- Convivencia Previa:
Se requiere acreditar un periodo mínimo de convivencia de 12 meses ininterrumpidos antes de la solicitud. Para ello, puede presentarse documentación que pruebe la convivencia conjunta, como el empadronamiento en el mismo domicilio.
- No Estar Casados:
Ninguno de los miembros de la pareja puede estar legalmente casado con otra persona. En caso de haber estado casado previamente, es necesario acreditar que el matrimonio ha sido disuelto mediante sentencia firme de divorcio o anulación matrimonial, o bien presentar un certificado de defunción en caso de fallecimiento del cónyuge anterior.
- No Ser Parientes por Consanguinidad o Adopción:
No se permite que los miembros de la pareja estén relacionados entre sí por parentesco directo, ya sea por consanguinidad (línea recta) o adopción, en ningún grado, ni por consanguinidad en segundo grado colateral (hermanos).
- Capacidad Legal:
Ambos miembros deben ser mayores de edad o estar emancipados legalmente, y contar con capacidad jurídica plena para formalizar la unión. No pueden estar incapacitados judicialmente, a menos que la sentencia lo permita expresamente.
- Formalización de la Inscripción:
La pareja debe presentar una solicitud de inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Valenciana. La inscripción puede hacerse ante un notario o mediante comparecencia ante el propio registro.
Documentación Requerida
Para formalizar la inscripción de la pareja de hecho, se debe presentar la siguiente documentación:
- DNI o NIE de ambos miembros:
El ciudadano portugués deberá presentar su pasaporte o documento de identidad válido, además del Número de Identificación de Extranjero (NIE) que le permita acreditar su residencia legal en España.
- Certificado de Empadronamiento:
Certificado de empadronamiento que acredite la residencia habitual de uno o ambos miembros en la Comunidad Valenciana y la convivencia durante al menos 12 meses.
- Certificado de Estado Civil:
Un certificado que acredite que ninguno de los miembros está casado en el momento de la solicitud. El ciudadano portugués deberá solicitar un certificado de soltería o estado civil en Portugal debidamente traducido y apostillado.
- Declaración Jurada:
Declaración jurada en la que ambos miembros manifiesten no tener relación de parentesco directo que impida la unión de hecho, así como su deseo de constituir la pareja de hecho.
- Otros Documentos:
Cualquier otra documentación que pueda ser requerida por el registro, como prueba de medios económicos o seguro médico, dependiendo de la situación particular.
Trámites y Procedimiento
- Presentación de la Solicitud: La solicitud de inscripción puede presentarse ante el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Valenciana o ante un notario.
- Evaluación de la Solicitud: El registro procederá a la evaluación de la documentación presentada y, si se cumplen todos los requisitos, se formalizará la inscripción de la pareja de hecho.
- Efectos Legales: Una vez inscrita, la pareja de hecho gozará de ciertos derechos y deberes similares a los matrimoniales, especialmente en el ámbito patrimonial y de sucesiones, aunque los derechos específicos deben consultarse según la normativa autonómica y nacional aplicable.
